Page 108 - Tomo2-Negociacion
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LA SOCIEDAD
Pacto social
Ginebrino: Natural de la ciu-
dad de Ginebra, Suiza.
Postulado: Proposición que
es necesaria para servir de
base en ulteriores razona-
mientos.
Erudito:
Instruido en varias ciencias,
artes y otras materias.
Debemos al escritor y filósofo ginebrino, Jean-Jacques Rousseau,
los postulados en los que encontraron sustento las ideas modernas
referidas a la dependencia que voluntariamente creamos los seres
humanos con la sociedad en la que nos desarrollamos.
Rousseau, con sus propuestas referidas a la República y el naciona-
lismo, influyó notablemente en la Revolución Francesa que, como
sabemos, es un hecho histórico que estableció los fundamentos de
la organización del Estado como lo conocemos actualmente.
Este erudito menciona en su teoría que el ser humano, en su es-
tado primitivo, es bueno por naturaleza. Al crecer la población y
constituirse en grupos, se crea la necesidad de establecer pactos que
protejan los intereses de alguna de estas agrupaciones frente a los
de otras.
Concluye entonces que los seres humanos nos sometemos volun-
tariamente a las reglas de la sociedad, con el propósito de obtener a
cambio los beneficios del intercambio social.
A este consentimiento Rousseau lo llamó El contrato social, nombre
de la más célebre de sus obras.
¿Cómo nace un país?
Si una sociedad es fruto de
un pacto establecido entre los
individuos que la integran, el
origen de las fronteras nacio-
nales responde a otras causas.
La disolución de un Estado, la
confederación de otros, la in-
dependencia de una nación o
la celebración de tratados in-
ternacionales, son algunas de
las formas en las que se han
creado los Estados Nacionales
que conocemos. La Repúbli-
ca de Kosovo es el Estado de
creación más reciente (2008),
y aún no es reconocida por to-
das las naciones.
Es tan relevante este concepto que, como teoría política, el contrato
social explica cuál es el origen y propósito del Estado, así como de
los derechos humanos.
Libertad de expresión
El Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Huma-
nos, dice: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y
expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de
sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opinio-
nes, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión.”
104 Desarrollo Integral









































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